jueves, 27 de noviembre de 2008

CANJEANDO LASTRE del Pasado por ALAS para el FUTURO

(Este blog cuenta con la autorización expresa de las mercantiles afectadas)


- Para ir al documento "Preguntas Frecuentes" pinche aquí

El pasado 20 de noviembre, el Administrador de XXXXXXX (los afectados saben a quien nos referimos) se reunió con sus principales acreedores para exponerles la dificil situación que está atravesando y la posibilidad de acudir a otras alternativas antes de presentar un Concurso de Acreedores.

Para los acreedores, presentar una Demanda Ejecutiva para reclamar los impagos no es una solución viable puesto que el art. 586 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es rotundo: el tribunal suspenderá la ejecución, en el estado en que se halle, en cuanto le sea notificado que el ejecutado se encuentra en situación de concurso. Es decir, el demandante tendrá que soportar los gastos y costas del proceso judicial que haya iniciado sin ningún resultado fuera del Concurso de Acreedores.

Por otro lado el Concurso de Acreedores está demostrando ser totalmente nefasto para los acreedores ordinarios, puesto que existirán unos acreedores preferentes sobre todos los demás: trabajadores, bancos con garantías hipotecarias, Hacienda, Seguridad Social,... y honorarios de administradores concursales, abogados y procuradores -muy elevados, para este tipo de empresas en concursos-).

En dicha reunión, el abogado D. Félix Campillo, experto en Derecho Inmobiliario y en Crisis de Empresas, expuso que hay una solución mucho más viable y ventajosa para todos los acreedores, ya que existe una oferta en firme, que fue recibida como "el menor de los males" por los acreedores presentes y que es la que se ofrece en documento anexo. 

La oferta se basa en participar en una empresa mixta formada en un 49% por los acreedores y en un 51% por un tercero, experto en promoción y gestión de cooperativas de viviendas, que ya ha alcanzado con la deudora un acuerdo de opción de compra de todos sus inmuebles, y que entraría aportando en metálico 51 euros por cada 49 que aportaran los acreedores en deudas. 

Con esta última solución, tal y como en el citado documento se explica, los acreedores recuperarán la disposición del 100% del saldo adeudado de forma casi INMEDIATA, participando además, en una nueva gran empresa denominada AGRUPYME GRANADA COSTA, S.L. (su capital social puedeal alcanzar los 630.000 euros) muy solvente y totalmente saneada; que, sin duda alguna, será muy "bien vista" por entidades públicas y privadas a la hora de promover nuevas viviendas (de protección oficial), para las cuales Junta de Andalucía y bancos esta semana han firmado un acuerdo de financiación por valor de 9.300 millones de euros. Indudablemente, siendo socios de la misma, tendrán un trato preferente en las contrataciones que esta empresa haga, con lo que además de recuperar la deuda rápidamente, se estarán asegurando trabajo para el futuro.

Por esta vía, el Acreedor de XXXXXXXX QUE DECIDA SUSCRIBIR ESTA OFERTA:

1.- EVITARÁ la VÍA JUDICIAL para intentar recuperar los impagados, con MUY POCAS PROBABILIDADES DE ÉXITO.
2.- RECUPERARÁ EL 100% DEL TOTAL DE LOS IMPAGADOS EN EFECTIVO CASI DE INMEDIATO.*
* Información detallada en otras páginas de este Blog. Para acceder a ellas pinche aquí
3.- PARTICIPARÁ en el CAPITAL SOCIAL de AGRUPYME GRANADA COSTA, S.L., que será una de las mejores empresas del sector en toda Andalucía por capital social, solvencia y experiencia de sus socios, que:

a) Tendrá en su activo un número importante de viviendas adquiridas a unos precios realmente bajos, las cuales las podrá poner de inmediato a la venta y, sobretodo, en alquiler -a la espera de que mejoren las condiciones del mercado-. * 
* Se utilizará preferentemente la fórmula de "alquiler con opción de compra". De esta forma, las cuotas mensuales cubrirán sobradamente las cuotas de las hipotecas y los clientes no necesitarán durante un periodo de tiempo acudir a bancos para tener su propia vivienda.
Esta fórmula permitirá obtener a la empresa una subvención de 6.000 euros por cada vivienda, cantidad que la Junta de Andalucía entrega a los propietarios por alquilar las mismas a través de sus Agencias de Fomento del Alquiler.
b) Por la liquidez de su capital social, tiene totalmente garantizado el pago de los intereses de los préstamos, tanto el de sus socios como los hipotecarios* 
* Como mínimo:
- La sociedad contará con una cantidad superior al 40% de su Capital Social invertido en cuentas de alto rendimiento, que dado el altísimo interés que actualmente están dando las entidades bancarias por los depósitos a plazos garantizarán una buena fuente de ingresos.
- Las cuotas de los préstamos se cubrirán con los ingresos de los alquileres con opción de venta y con la subvención de la Junta de Andalucía.
c) Y, lo que es más importante, será una de las sociedades más atractivas para Administraciones y entidades bancarias, a la hora de obtener* suelo muy barato y promover V.P.O. bajo el régimen de cooperativas de viviendas, lo que sin duda GARANTIZARÁ TRABAJO EN EL QUE SERÁ EL ÚNICO MERCADO POSIBLE DURANTE LOS PRÓXIMOS AÑOS.
* Dado que la actividad se realizará mediante  el régimen de cooperativas de viviendas, el riesgo financiero lo asumen los propios clientes desde el principio. Es decir, el RIESGO para la sociedad es CERO.

¿QUIÉN está en MEJOR DISPOSICIÓN para ADJUDICARSE TERRENOS, para DAR CONFIANZA A LOS CLIENTES y a los BANCOS, y para CONSTRUIR, GARANTIZANDO los PAGOS a los PROVEEDORES QUE una SOCIEDAD DE 630.000 € DE CAPITAL SOCIAL, y totalmente SOLVENTE?

¿QUIÉN tendrá INFORMACIÓN Y TRATO PREFERENTE para trabajar en las promociones que desarrolle la sociedad? ¿QUIÉN TRABAJARÁ teniendo GARANTIZADO EL COBRO?

¿TIENE usted TRABAJO GARANTIZADO para LOS PRÓXIMOS AÑOS? ¿ Y los COBROS?

NUESTROS SOCIOS SÍ LOS TENDRÁN.

¿CÓMO OBTENER DAR MÁS POR SUS IMPAGADOS?

(para seguir leyendo consulte el resto de las páginas del blog)
Para ir al documento oficial de la "OFERTA VINCULANTE" pinche aquí


 
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